REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUEZ OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Veinticinco (25) de Noviembre de 2008
198° Y 149°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-000273
PARTE ACTORA: LUIS ANGEL GAMEZ MARIN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FRANCIS ALFONZO MARIN
PARTE DEMANDADA: PROAGRO, C.A., PROTINAL, C.A. y DANNIS EFRAIN MONTILLA, en su carácter de propietario de SERVICIOS EFRADAN.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALCIRA PADRON, MARBELLA ARANA y MAYAHIM HERNANDEZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, Veinticinco (25) de Noviembre de 2008, oportunidad fijada para tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguna, así mismo, se deja constancia de la comparecencia de las demandadas PROAGRO, C.A., y PROTINAL, C.A., representada por las abogadas en ejercicio ALCIRA PADRON y MARBELLA ARANA, inscritas en el IPSA bajo los Nros. 22.258 Y 20.834, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales y por el demandado ciudadano DANNIS EFRAIN MONTILLA, en su carácter de en su carácter de propietario de SERVICIOS EFRADAN, representado por la abogada en ejercicio MAYAHIM HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 22.553, en su carácter de apoderada judicial.
En vista de la incomparecencia del trabajador y por cuanto no se han vulnerado los derechos irrenunciables de los mismos derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ.,

Dra. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.
LAS DEMANDADAS.,

La Secretaria.,