REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintisiete de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-001814
PARTE ACTORA: CAROL RIOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: --------------------
PARTE DEMANDADA: D´LORENZ 2003, C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: -----------------------
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


En el día de hoy, Veintisiete ( 27 ) de Noviembre del 2008, siendo las 11:00 a.m., del día y hora fijada por este Tribunal para el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, habiéndose otorgado un margen de espera para la comparecencia de las partes. Este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno. Por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 198 ° y 149 °.
EL JUEZ

ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.




LA SECRETARIA


ABG. DAYANA TOVAR