REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
SOLICITANTES: NATHALIE CRISTINA CASTILLO ANTICH y ANTONIO ANTONIELLO ACIERNO
ABOGADO: GLORIA MARIA CABRERA
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE N°: 20.330
Por escrito presentado en fecha 24 de Septiembre de 2007, los ciudadanos: NATHALIE CRISTINA CASTILLO ANTICH y ANTONIO ANTONIELLO ACIERNO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números V- 14.465.542 y V-12.932.980 respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por la abogado GLORIA MARIA CABRERA, Inpreabogado Nro. 55.418, solicitaron se decretara por ante este Tribunal la Separación de Cuerpos y Bienes.
ALEGAN LOS SOLICITANTES LO SIGUIENTE:
Que contrajeron matrimonio por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, el día 22 de Noviembre de 2003, que tienen como domicilio conyugal Urbanización Valles de Camoruco, Edificio Paraíso I, apartamento 5-B, parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Que de mutuo y amistoso acuerdo decidieron separarse de cuerpos y bienes. Que durante la unión matrimonial, no fueron procreados hijos. En cuanto a los bienes adquiridos durante el matrimonio, los cónyuges optaron por la separación de los mismos, haciendo la adjudicación de conformidad con lo convenido por ellos en el escrito de solicitud de separación de cuerpos y bienes.
Por auto de fecha 22 de octubre de 2007, los solicitantes NATHALIE CRISTINA CASTILLO ANTICH y ANTONIO ANTONIELLO ACIERNO, fueron legalmente Separados de Cuerpos y Bienes.
En fecha 07 de Noviembre de 2008, los ciudadanos NATHALIE CRISTINA CASTILLO ANTICH y ANTONIO ANTONIELLO ACIERNO, ya identificados y asistidos de abogado, solicitaron del Tribunal decretara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la presente solicitud, en virtud de no haberse producido entre ellos la reconciliación.
El 11 de Noviembre de 2008, el Juez Provisorio se abocó al conocimiento de la causa.
Por lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, habiendo transcurrido el lapso establecido en la ley, previo el estudio del caso en sí y sus antecedentes y por no haber ocurrido la reconciliación entre los cónyuges, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Solicitud de Separación de Cuerpos y Bines de los cónyuges NATHALIE CRISTINA CASTILLO ANTICH y ANTONIO ANTONIELLO ACIERNO, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía, desde el día 22 de Noviembre de 2003, fecha en que contrajeron matrimonio civil, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Acta Nro. 124, Tomo III, Año 2.003.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los diecinueve (19 días del mes de Noviembre del año dos mil ocho (2008).
Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abog. Santiago Alfredo Restrepo,
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina
En la misma fecha se publico la anterior decisión, siendo las 11:30 minutos de la mañana.-
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina
Exp. Nro. 20.330.-
María.
CERTIFICO QUE LA COPIA QUE ANTECEDE, ES TRASLADO FIEL Y EXACTO DE SU ORIGINAL, DE CUYA EXACTITUD DOY FE, CERTIFICO Y EXPIDO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 111 Y 112 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Valencia, 19 de Noviembre de 2008.
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina
EXPEDIENTE: 20.330
SOLICITANTES: NATHALIE CRISTINA CASTILLO ANTICH y ANTONIO ANTONIELLO ACIERNO
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES
FECHA: 19-11-2008
DECISIÓN: CONVERSIÓN EN DIVORCIO
JUEZ: ABOG. SANTIAGO ALFREDO RESTREPO PEREZ
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
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