REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, siete de mayo de dos mil ocho
197º y 148º


ASUNTO: GP02-L-2005-001928



Por cuanto he sido designada Jueza Provisoria del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante sesión de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia celebrada en fecha 15 de Mayo de 2007, para lo cual presté el juramento de ley por ante la Rectoría del Área Civil de esta Circunscripción Judicial, en fecha 22 de Mayo de 2007, ME ABOCO al conocimiento de la presente causa de conformidad a lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Vista la Transacción de fecha 16 de mayo de 2007, presentada por la parte Demandada INVERSIONES FIGUREOA & TOVAR, C. A. Representada por una parte la Apoderada Judicial de la parte demandada CARLA CASADIEGO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 102.637, y por la otra SIMON CHOURIO como parte Actora, debidamente acreditado en autos y asistido por el abogado ALIRIO ZAMBRANO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 67.550, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes así como la copia fotostática de un Cheque a nombre de la Parte Actora ciudadano SIMON CHOURIO, del Banco Provincial, cuenta N° 0108-0977-13-0900000017, Cheque N° 00071071, y por la cantidad de VEINTE MILLONES CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON NOVENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 20.014.220,96). Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el cierre y archivo del expediente.
LA JUEZ,

ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS



LA SECRETARIA,

MARY ANNE MUGUESSA H.