REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, 06 de Mayo de 2008
198° y 149º


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-000540.
PARTE ACTORA: DARWIN JOSE BALZA GONZALEZ
PARTE DEMANDADA: GUARDIPRO C.A. y VISETECA C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Vista la declaración del Alguacil de este Tribunal, en fecha 08 de Abril de 2008 (folio 16) y por cuanto la parte actora no corrigió el libelo de la demanda dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en el auto de fecha 18/03/2008; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
La Juez.,

Abg. FARIDY DEL CARMEN SUAREZ COLMENARES.




La Secretaria,

Abg. LOREDANA MASSARONI G.