REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 14 de Mayo de 2.008 Años 198º y 149º

DEMANDANTE: Ciudadano HUDDON OJEDA, Asistido por el Abogado NELSON LUCENA
DEMANDADO: PABLO LAMPE CUMARE
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION)
EXPEDIENTE: 51.826
Vista la diligencia de fecha 30 de Abril de 2008, suscrita por el ciudadano HUDDON OJEDA, identificado en autos, asistido en este acto por el Abogado NELSON LUCENA Inpreabogado Nro. 22.332 y visto el DESISTIMIENTO formulado este Tribunal HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se acuerda la devolución del documento original que riela inserto desde los folios cinco hasta el folio seis (06) y en su lugar déjese copia fotostática certificada del mismo. Para lo cual se comisiona a la ciudadana Elizabeth Díaz Fernández, Asistente Judicial, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.

El Juez Provisorio,

Abg. PASTOR POLO
La Secretaria,

Abg. MAYELA OSTOS F

Se hizo lo ordenado. Se libró certificación.

La Secretaria,


EXP. Nro.51.826.-
Elizabeth.-