REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
Valencia, 21 de Mayo de 2008
198º y 149º
Dictada como ha sido la sentencia definitiva en fecha 13 de mayo del año 2008, y visto que ha trascurrido íntegramente el lapso de apelación establecido en el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, sin que ninguna de las partes haya ejercido dicho recurso, éste tribunal declara firme el fallo proferido. En consecuencia, remítase el presente expediente al archivo judicial en la oportunidad correspondiente.
El Juez
Abg. José Daniel Useche Arrieta
El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez