REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO

Valencia, 12 de mayo de 2008
198º y 149º


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-000488
PARTE ACTORA: JESUS QUEVEDO titular de la Cédula de Identidad V-14.273.895
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: ENRIQUE SAER y ORLANDO PEREZ Inpreabogado Nº 106.220 y 110.907 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SCANIA DE VENEZUELA S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS HENRÍQUEZ Inpreabogado N° 17.879
MOTIVO: ACIDENTE DE TRABAJO

En el día de hoy, (12) de mayo de 2008, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto, dejándose expresa constancia que la parte actora en el presente procedimiento no compareció a la misma ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, y por la parte demandada compareció su apoderado judicial Abg. CARLOS HENRÍQUEZ Inpreabogado N° 17.879, razón por la cual este Tribunal Undécimo de Sustanciación, Mediación Y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia, declara DESISTIDO el procedimiento, y da por terminado el proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; homologando el mismo, y ordenando que el expediente sea remitido al archivo judicial, una transcurrido el lapso para ejercer los recursos a que diere lugar. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las tres y diez de la tarde (03:10 p.m.) del día de hoy, (12) de mayo de 2008. Es todo.

EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS

EL APODERADO DE LA DEMANDADA


LA SECRETARIA,
ANMARIELLY HENRÍQUEZ