REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 04 de marzo de 2008

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° EXPEDIENTE: GP02-S-2007-000693
DEMANDANTE: JOSE PINTO, MANUEL ALARZE, MANUEL URIBE Y
JOSE CHIRINO
DEMANDADA: INDUSTRIAS DIANA, C.A
MOTIVO: OTRAS SOLICITUDES

En el día de hoy 04 de marzo del año 2008, siendo la 1:00 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en virtud de la demanda que incoaran los ciudadanos JOSE PINTO, MANUEL ALARZE, MANUEL URIBE Y JOSE CHIRINO contra la empresa INDUSTRIAS DIANA, C.A. Se deja constancia que la parte demandada compareció por medio de su apoderado judicial abogado DONATO PINTO, I.P.S.A. N°- 49.010. Igualmente se deja constancia que el alguacil del Circuito efectuó tres (03) llamados junto a la Abogada asistente del Tribunal, por lo que en este acto se deja constancia que la parte actora no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, DECLARA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, de conformidad con el artículo 151 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo

PUBLIQUESE. REGISTRESE, Y DEJESE COPIA.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los 04 días del mes de MARZO del año 2008. Año 197° de la Independencia y 148° de la federación.


YUDITH SARMIENTO ROSALES DE FLORES
LA JUEZ

La Secretaria
Amarilis Mieses


En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia siendo la 02:00 p.m



La Secretaria
Amarilis Mieses


YSdF/ Eylyn Rodríguez Rugeles-J
Exp. GP02-S-2007-000693