GADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADO, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia 27 de Marzo de 2008.
197° y 149°
De la revisión de la presente causa se observa que el monto sobre el cual se basa la oferta real solicitada, TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 36.478.000,00), 0 TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 36.478,00), excede de la cantidad sobre la cual deben conocer los Juzgados de Municipios, siendo esta CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo), o cinco mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 5.000,oo) es por lo que este Tribunal, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 29 del Código de Procedimiento Civil, declina la competencia de la presente causa en un Tribunal de primera instancia de esta circunscripción judicial. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones junto con sus recaudos, al Juzgado (distribuidor) de Alzada, a los fines de que una vez distribuida, el juzgado que le corresponda conozca de la presente causa. Líbrese oficio. Hágase constar por Secretaría los días de despacho transcurridos en este Tribunal desde el día 14 de Marzo del 2008, hasta el día 26 de Marzo de 2008. Ambas inclusive.

El Juez Suplente Especial

Abg. EDGARDO PAEZ SALAZAR

La Secretaria

Abg. YNES BRAZON GONZALEZ.