REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 03 de Marzo de 2008
197° y 148°
DEMANDANTE: DILCIA KATIELLA LOPEZ MORILLO, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad de Comercio CASA PROPIA BIENES RAICES, C.A.
DEMANDADO: PABLO GERARDO PÉREZ NAVAS
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
EXPEDIENTE N° 16.167.-
Visto el DESISTIMIENTO realizado por la parte actora en fecha 25 de Febrero de 2.008, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación a los fines que tenga fuerza de cosa juzgada, y se ordena la devolución de los originales insertos a los folios 08 al 12 del expediente, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111, 112 y 429 del Código de Procedimiento Civil
LA JUEZ TITULAR,

DRA. TIBISAY SIRIT CARREÑO
LA SECRETARIA,

ABG. XIOMARA CALDERA
TSC/yta