REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO

En hora despacho del día de hoy,diez (10) de marzo del año 2008, de conformidad con lo previsto en el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, siendo las 10:35 de la mañana se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de las de Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las puertas de un inmueble, ubicado en la Urbanización mediterraneo, signada con el número 7, calle Gibaltrar, parroquia Miguel Peña, Municipios Valencia, del Estadoa Estado Carabobo, en compañía de la ciudadana Carmen Franrrosy Farfán, titular de la cédula de identidad N° 14.069.6 71, debidamente asistida por el abogado Hugo Hernández, inscrito en el Inpreabogado vago el número 40.153, en su carácter demandante. El Tribunal tocó las puertas del inmueble y por la ventana se asomó una ciudadana que dijo llamarse Clara Gómez, y manifestó ser la esposa del demandado Napoleón Méndoza, se comunicó telefónicamente con él y que venía en camino, que no abrirá la puerta hasta que él llegue. El Tribunal siendo las 10:40 de la mañana conceda un plazo de una hora de espera para que el demandado haga acto de presidencia. El Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 591 del Código de Procedimiento Civil, 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 55 primer aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se encuentra acompañado por una comisión policial integrada por el sargento segundo Fernando Caña, placa N° 3297, cabo segundo Freddy colina, placa N° 3850, agente Ergen Lozano, placa N° 4 904, agente García Marcos, S/P.- Siendo las once de la mañana se hizo presente una persona que dijo llamarse Napoleón Mendoza Cañas, ser el ejecutado y al notificársele de la misión del Tribunal manifestó que ya su abogado venía, retirandose de inmediato hacia las afueras del complejo residencial donde está ubicado el inmueble donde está a las puertas constituido el Tribunal. Siendo las 11:15 de la mañana las requirió de la ciudadana Clara Gómez, que abriera la puerta hizo acto de presencia del demandado Napoleón Mendoza, titular de la cédula de identidad N°. 22.204.929, a quien se le notificó nuevamente de la misión y se niegan a abrir las puertas del inmueble. El Tribunal instó nuevamente al demandado y el mismo permitió el acceso al inmueble, y el Tribunal se constituyó dentro del mismo.- Siendo las 11:55 de la mañana se hizo presente el abogado Tirso Ovilo Tosta Torralba, inscrito en el Inpreabogado Bajo el número 67.515, quien fue llamado por el demandado para asistirlo. En este estado la parte actora expone: solicito al Tribunal se sirva hacerme Entrega Material del inmueble ya que el demandado manifestó que trasladará sus bienes bajo su propia cuenta y riesgo. El Tribunal ordenado como fue por el comitente y solicitado por la parte actora se hace Entrega Material del inmueble a la demandante Carmen Franrrosy Farfan, quien lo recibe conforme. El Tribunal hace constar que no se presento incidencia más que las planteadas en esta acta. Siendo las 3:30 de la tarde el Tribunal regresa sede. Terminó, se leyó y conforme firman: La Juez Provisorio, (firmado) Dra. Alix Rodríguez, la Demandante y su Abogado Asistente (firmados) firmas ilegibles, el Demandado y su abogado asistente, (firmado) firmas ilegibles, Los funcionarios Policiales, (firmado) firmas ilegibles, La Secretaria, (firmado) abogados Zorka Carbonell.