REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 06 de Junio de 2008
197º y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Homologación de Transacción Judicial

ASUNTO : GP02-S-2006-000209

Este Tribunal, vista que la transacción judicial que antecede de fecha 04-06-08 (folios 383 al 387), celebrada entre la parte actora GLADIS ESPERANZA SAGUIO DE UZCATEGUI. titular de la cédula de identidad No.5.528.007, y la parte demandada ADMINISTRADORA CONSOLITEX, C.A.. ha sido celebrada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que da por concluido el proceso y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir las copias certificadas de la presente acta, solicitada por las partes. Se ordena el cierre del presente expediente, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo, una vez conste en autos, los pagos señalados.
El Juez
Abog. WILFREDO GONZÁLEZ
La Secretaria
Abog.___________________.