REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 30 de Junio de 2008
198º y 149º

PERENCIÓN DE INSTANCIA
POR NO SUBSANAR EL DESPACHO SANEADOR ORDENANDO

ASUNTO: GP02-L-2008-001126.
PARTE ACTORA: TAHIS AGUILAR DE ISEA, CARMEN RENGIFO, HELY PÉREZ y otros.
PARTE DEMANDADA: SUPERMERCADOS UNICASA C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Visto la diligencia que antecede de fecha suscrita por la Abogada VIRGINIA RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.106.147, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora (folio 19), en la cual se da por notificada tácitamente del despacho saneador ordenando en fecha 04-06-08 (folio 16). Este despacho observa que la parte actora TAHIS AGUILAR DE ISEA, CARMEN RENGIFO, HELY PÉREZ y otros, no corrigieron el libelo de la demanda incoada contra la sociedad de comercio SUPERMERCADOS UNICASA C.A., dentro del lapso de los dos (2) días de despacho indicados en el auto de fecha 04-06-08 (folio 16). En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.
El Juez

Abg. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA.

EL Secretario
Abg. ___________________