En horas de despacho del día de hoy Diecisiete (17) de Junio del año Dos Mil Ocho (2008), siendo las 12:00 m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada Lucia D’Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en las afueras de un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 5, Segundo piso, Edificio Residencia Marcelli, ubicado en la calle 139 (Bejuma), N° 86-171 de la Urbanización Parque El Trigal (Trigal Sur), Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía del abogado Fernando Álvarez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.827, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora Sociedad de Comercio Tecno Motores Diesel S.R.L, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al mandamiento de ejecución emanado del Juzgado Séptimo de Municipio del Estado Carabobo, en el cual ordeno Entrega Material, con motivo del Juicio por Resolución de Contrato de Arrendamiento, seguido por la parte actora ya identificad contra la ciudadana Morella Gutiérrez. Seguidamente interviene el apoderado actor y expone: “Solcito al Tribunal cumpla con el mandamiento de ejecución, igualmente solcito designe cerrajero”. A continuación el Tribunal deja constancia que realiza los tres (03) toques de ley y nadie respondió, igualmente deja constancia que pro información dada por los vecinos del inmueble este se encuentra desocupado desde hace aproximadamente tres (03) días y vista la solicitud designa cerrajero al ciudadano Richard García, titular de la cedula de identidad N° 11.349.769, quien expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente el Tribunal solicita al cerrajero designado apertura la puerta principal del inmueble y haga el cambio de cerradura. Una vez aperturado el inmueble el Tribunal se constituye en la sede del mismo y deja constancia que se encuentra totalmente desocupado de bienes y personas. Acto seguido el Juzgado Segundo Ejecutor De Medidas De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, Actuando En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley hace Entrega Material del inmueble objeto de juicio libre de bienes y personas al apoderado actor ya identificado quien expone: “En nombre de mi representada Sociedad de Comercio Tecno Motores Diesel, S.R.L, recibió el inmueble objeto de juicio en estado de hacerle mantenimiento en general y reparaciones varias, desocupado de bienes y personas, es todo”. El Tribunal considera cumplida su misión, acuerda remitir las actuaciones al comitente, da por concluido el acto y se restituye a su Sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Titular,
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.
El Apoderado Actor
(Firma Ilegible)
Cerrajero
(Firma Ilegible)


La Secretaria
(Firma Ilegible)
Abog. Yasmila Faria