REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO

En horas de despacho del día de hoy diecisiete (17) de junio del año dos mil ocho (2008), de conformidad con lo previsto en el articulo 193 del código de procedimiento civil, siendo la 1:05 de la tarde, se traslado y constituyo el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en un inmueble constituidos por el terreno y varias pequeñas casas allí levantadas marcadas con los números 99-99; 99-13 y 99-35 de la calle Arvelo y marcada con el N° 80-83 de la Avenida Urdaneta Municipio Santa Rosa, Valencia Estado Carabobo, en compañía del abogado José Manuel Mejías, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 30.718 en su carácter de apoderado de la parte actora, a fin de practicar la medida innominada decretada por el comitente. Presente el ciudadano Raúl Antonio Goite Vargas, titular de la cedula de identidad N° V- 4.135.579 a quien en su carácter de demandado el Tribunal le notificó de la misión a realizar y le dio lectura al contenido de la medida innominada donde se le ordena de que paralicen inmediatamente los trabajos de construcción y remodelación que actualmente ejecuta Raúl Antonio Goite en el inmueble como inquilino, y se le hizo entrega de una copla simple del despacho.- Siendo las 1:25 de la tarde el Tribunal regresa a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.- El juez temporal, (Fdo.) Dr. José G. Quintero Martínez, El demandado notificado (Fdo.) Firma ilegible, El Abogado actor (Fdo.)Firme ilegible, la secretaria (Fdo.) ABG. Zorka Carbonell.