REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO

Valencia, 03 de junio de 2008
198º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2007-001094
PARTE ACTORA: Miguel Muñoz titular de la cédula de identidad Nº V- 3.209.012
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: RESGUARDO Y VIGILANCIA TOTAL, C.A.
ABOGADO REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, (03) de junio de 2008, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto, dejándose expresa constancia que las partes intervinientes en la presente causa no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado el ciudadano Juez observando la incomparecencia de la parte actora declara DESISTIDA la presente causa, y da por terminado el proceso; homologando el mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así mismo se ordena que el expediente sea remitido al archivo judicial, una transcurrido el lapso para ejercer los recursos a que diere lugar. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las diez y diez de la mañana (10:10 a.m.) del día de hoy, (03) tres de junio de 2008. Es todo.

EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.-



LA SECRETARIA,
ANMARIELLY HERIQUEZ.-