REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 10 de julio de 2008
197º y 148º
ASUNTO: GP02-L-2008-001136
DEMANDANTE: DAMIAN ANTONIO RAMIREZ Y JEAN RAFAEL LOPEZ
DEMANDADO: BINGO PALACE, C. A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Vista la diligencia de fecha 07 de julio de 2008, presentada por DAMIAN ANTONIO RAMIREZ Y JEAN RAFAEL LOPEZ, titulares de la cédulas de Identidad N° 17.701.970 y 15.738.382 respectivamente, asistidos por el abogado FRANCISCO GIL BRAVO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 48.933, mediante la cual DESISTEN DEL PROCEDIMIENTO que por Cobro de Prestaciones Sociales se intentó en fecha 02 de junio de 2008 contra la Empresa BINGO PALACE, C. A. En consecuencia, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO hecho por los ciudadanos DAMIAN ANTONIO RAMIREZ Y JEAN RAFAEL LOPEZ, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada.
EL JUEZ
Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS
LA SECRETARIA
Abg. MARY ANNE MUGUESSA H.
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