REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 21 de Julio del año dos mil ocho
198º y 149º
SENTENCIA
EXPEDIENTE: ASUNTO: GP02-S-2008-000236
PARTE OFERENTE: TRANSRUTA 523, C.A.
PARTE OFERIDA: JUAN RAFAEL AGUILAR G.
MOTIVO: CONSIGNACION DE PRESTACIONES SOCIALES
Vista la transacción presentada en fecha 18 de Julio del 2008, por los ciudadanos SALVATORE PECORARO IANNELLO y ANTONIO SALVATORE PECORARO JUGOVIC, titulares de las cédulas de identidad N.° 7.069.734 y 17.613.752, actuando como representantes legales de la empresa TRANSRUTA 523, C.A, debidamente asistidos por el abogado LEONCIO LANDAEZ, inscrito en el Inpreabogado N.° 102.460. También compareció el trabajador JUAN RAFAEL AGUILAR G., titular de la Cédula Identidad N.° 12.343.066, asistido por la abogada ANA MARIA USACH LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado N.° 86.020, mediante la cual el ciudadano JUAN RAFAEL AGUILAR G, declara recibir la cantidad de CINCO MIL CATORCE BOLIVARES (Bs 5.014,oo) por parte de la empresa TRANSRUTA 523, C.A, por lo que le otorga el finiquito de Ley y le solicitan al Tribunal que la homologue y le imparta el carácter de Cosa Juzgada.
El Tribunal de la causa, con vista a la transacción presentada por las partes y verificado el pago realizado y suscrito entre las partes y por no ser contrario a derecho y no violar precepto legal alguno, es por lo que este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO LO HOMOLOGA EN LOS TERMINOS ACORDADO POR LAS PARTES, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR
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