REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Valencia, 8 de Julio de 2008
Años 198º y 149º

ASUNTO : GP01-P-2007-000163
JUEZA 2° DE EJECUCION: ABG. ILEANA VALBUENA
FISCAL 14° DEL MINISTERIO PÚBLICO
PENADO: ALEXANDER RUDIN PIÑA, titular de la cédula de identidad personal numero V.-15.168.275
DEFENSORA PUBLICA: MARISABEL RUEDA
DELITO: DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, tercer aparte de la LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS
DECISIÓN: EJECUCION DE SENTENCIA CONDENATORIA (ADMISIÓN DE HECHOS).

Revisada como ha sido la presente actuación, seguida al penado: ALEXANDER RUDIN PIÑA, titular de la cédula de identidad personal numero V.-15.168.275, Este Tribunal para decidir observa lo siguiente luego de realizado un análisis a las presentes actuaciones: PRIMERO: Consta a los folios 155 y 156 de las presentes actuaciones, auto de fecha 30/11/2007, en donde este Tribunal resuelve solicitud de redención de pena por el trabajo y el estudio que aprobó la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa en reunión de fecha 21/11/, en donde se evidencia que el prenombrado ciudadano cumplirá la pena impuesta en fecha 02/03/2009; SEGUNDO: Ahora bien, quien aquí suscribe, vista la solicitud de CONFINAMIENTO efectuada por la defensa del prenombrado imputado y luego de una revisión a las presentes actuaciones procede a efectuar una REFORMA AL COMPUTO D ELA PENA y se hace en los siguientes términos: El penado ALEXANDER RUDIN PIÑA, titular de la cédula de identidad personal numero V.-15.168.275, fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y NUEVE (09) MESES de prisión más las accesorias de ley contenidas en el artículo 16 del Código Penal; en fecha 30/11/2007 se resuelve solicitud de redención en donde no se le tomó en cuenta el tiempo de estudio realizado por el penado, siendo que consta en las actuaciones constancia de estudio de donde emerge que inicio la misma desde el 19/03/2007 hasta el 19/03/2008, por lo que dedicó al estudio un espacio de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES y DIECIOCHO (18) días más el tiempo trabajado da un total de DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES y VEINTISIETE (27) DIAS, que al hacerle la conversión respectiva, dA como tiempo redimido UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS, que sumado al tiempo de pena cumplida, que sería UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS, da un total de pena cumplida de DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES, TREINTA Y DOS (32) DIAS y DOCE (12) HORAS, y visto que el penado arriba identificado fue condenado a DOS (02) AÑOS y NUEVE (09) MESES DE PRISION, se evidencia que ALEXANDER RUDIN PIÑA, titular de la cédula de identidad personal numero V.-15.168.275, cumplió la totalidad de la pena impuesta por el Tribunal 8° en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 19/03/2007, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, tercer aparte de la LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS; en consecuencia se ordena oficiar a la Dirección del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y a la Oficina de Identificación y Extranjería, a fin de hacer cesar cualquier búsqueda que pese en su contra en relación al presente hecho, el cual está relacionado con el Expediente N° H-399.469, Seccional Mariara; Igualmente ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario; TERCERO: De las misma actuaciones podemos evidenciar que en fecha 12/07/2007 se recibió oficio N° C7-1941-2007 en donde se Informa a este Despacho que ante ese Tribunal se le sigue causa penal al precitado penado según asunto signado con la nomenclatura GP01-P-2007-008214, y en fecha 17/04/2008 se realizó Audiencia Preliminar en donde se ordenó APERTURA a JUICIO ORAL y PUBLICO por los delitos de VIOLACION AGRAVADA y VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA y se mantuvo la medida judicial decretada en su contra; por lo que en consecuencia este Tribunal ordena su libertad con respecto al cumplimiento de pena en la presente causa. ASI SE DECIDE

DECISION
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el cumplimiento de la totalidad de la pena impuesta al ciudadano ALEXANDER RUDIN PIÑA, titular de la cédula de identidad personal numero V.-15.168.275, por el Tribunal 8° en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 19/03/2007, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, tercer aparte de la LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICASORDENA y se ordena el ARCHIVO de las presentes actuaciones, quedando el penado a partir de este momento en Libertad Plena con respecto a este delito, materializándose la misma una vez que el penado solvente su situación con el Tribunal de Juicio según asunto N° GP01-P-2007-008214; y se reformó el cómputo de pena de fecha 30/11/2007, de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Impóngase al penado. Igualmente se declara la improcedencia del Confinamiento solicitado. Líbrese traslado. Se ordena remitir en su oportunidad al Archivo Central las presentes actuaciones, para que éste a su vez lo remita al Archivo Judicial. Notifíquese a las partes, Ofíciese. Cúmplase.


LA JUEZA 2° DE EJECUCION
ILEANA VALBUENA


LA SECRETARIA
YAMILEE MARTINEZ