REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO
Valencia, 17 de julio de 2008
Años 198º y 149º


ASUNTO: GJ01-P-2001-000502
JUEZ CUARTO DE JUICIO: DIANA CALABRESE CANACHE
FISCAL UNDECIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO
CARABOBO: JOSE MORILLO
ACUSADO: OSCAR REINALDO PEÑA GONZALEZ
DELITO: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION
DECISION: SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR MUERTE DEL IMPUTADO


Revisada la presente causa se observa que al folio 52 de la segunda pieza, consta ACTA DE DEFUNCION suscrita por el Abogado FARIDI JOSEFINA HOSSNE GIL, Directora del Registro Civil de la Alcaldía de Girardot del Estado Aragua, del acusado quien en vida respondiera al nombre de OSCAR REINALDO PEÑA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N˚ 18.180.740, a quien se le seguía la presente causa por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 esjudem.

Por cuanto se evidencia del Acta de Defunción, que OSCAR REINALDO PEÑA GONZALEZ, falleció el día Seis del mes Abril del Dos Mil Ocho (06-04-2008), a la 1:30 de la mañana, en el Hospital Central Maracay, por SHOCK HIPOVOLEMICO HEMORRAGIA INTERNA.

En virtud de los señalamientos efectuados este Tribunal decide en los siguientes términos:

LOS HECHOS DE LA ACUSACION FISCAL

En fecha 17-01-2002, siendo la 1:30 de la tarde, se encontraba la ciudadana FRANCISCA MARGARITA RAMOS, en compañía de su hijo menor de edad, por el sector El Cujizal, parroquia Aguas Calientes, cuando fue interceptada por un sujeto portando arma de fuego y bajo amenaza de muerte intento despojarla de sus pertenencias, en virtud de esto su hijo salió corriendo pidiendo ayuda a su padre de nombre JUAN DE JESUS COLINA y este en compañía de su vecino DAVID HERNANDEZ, llegaron al sitio sorprendiendo al sujeto y le dieron captura; por lo que realizaron llamada a la Policía del Municipio Diego Ibarra y funcionarios adscritos a este Organismo se apersonaron al lugar de los hechos y los ciudadanos le entregaron a dicho sujeto, por lo que le practicaron la correspondiente detención quedando identificado como OSCAR REINALDO PEÑA GONZALEZ. La Fiscalía del Ministerio Público del Estado Carabobo, imputo a OSCAR REINALDO PEÑA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N˚ 18.180.740, a quien se le seguía la presente causa por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 esjudem.

RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO

De conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, señala que:

“…Son causas de extinción de la acción penal: 1. La muerte del imputado;…”.

Igualmente se observa en los artículos 322 ibidem, que: “…Si durante la etapa de juicio se produce una causa extintiva de la acción penal…el tribunal de juicio podrá dictar el sobreseimiento; Así mismo el artículo 318 esjudem, establece que: “…el sobreseimiento procede cuando: “…3. La acción penal se ha extinguido…”.

Como quedó establecido UT SUPRA al constatar en autos Acta de Defunción del acusado OSCAR REINALDO PEÑA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.180.740, expedida por FARIDI JOSEFINA HOSSNE GIL, Directora del Registro Civil de la Alcaldía de Girardot del Estado Aragua, donde hace constar que el ciudadano OSCAR REINALDO PEÑA GONZALEZ, falleció el día Seis del mes Abril del Dos Mil Ocho (06-04-2008), a la 1:30 de la mañana, en el Hospital Central Maracay, por SHOCK HIPOVOLEMICO HEMORRAGIA INTERNA, razón esta por lo cual debe declararse extinguida la acción penal en la presente causa, en vista del fallecimiento del precitado imputado, decretándose en consecuencia el SOBRESEIMEINTO DE LA CAUSA a favor del acusado OSCAR REINALDO PEÑA GONZALEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 322 y 318 ordinal 3 ibidem; Y así se decide

DISPOSITIVA

En virtud de las consideraciones anteriores, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano acusado OSCAR REINALDO PEÑA GONZALEZ, falleció el día Seis del mes Abril del Dos Mil Ocho (06-04-2008), a la 1:30 de la mañana, en el Hospital Central Maracay, por SHOCK HIPOVOLEMICO HEMORRAGIA INTERNA, por cuanto se declaro extinguida la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 322 y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Central para su posterior remisión al Archivo Judicial.

La Juez Cuarto de Juicio
Abg. Diana Calabrese Canache
La Secretaria
Abg. Dorlimar Galeno

En la misma fecha se cumplió lo ordenado

La Secretaria

Hora de Emisión: 2:12 PM