REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-

Valencia, 15 julio 2008
Años: 198º y 149º

Expediente Nº 11.341

Vista la diligencia presentada el 10 julio 2008 por el abogado JOSE LEONARDO GONZALEZ LUCIANO, cédula de identidad V- 14.914.992, Inpreabogado Nº 116.202, actuando en su propio nombre, mediante el cual desiste del procedimiento de intimación de honorarios profesionales interpuesta contra TRANSPORTE INTERMUNDIAL, S.A, este Juzgador observa que el desistimiento no es contraria al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara Homologado el desistimiento realizado por el abogado JOSE LEONARDO GONZALEZ LUCIANO. Archívese el cuaderno de intimación.

El Juez Provisorio,

OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI

El Secretario,

Abog. GREGORY BOLIVAR R.

Exp. N° 11.341
OLU/Marbella
Diarizado Nº_____