REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 28 de Julio de 2008 198° y 149°
Visto el anterior escrito de solicitud junto con sus recaudos anexos, presentado por la ciudadana CARMELA BATTAGLINO DE MEROLA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.106.636, de este domicilio, asistida por la abogado DURLYNS ROMERO ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.831.922, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.863; y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y en el presente caso por estar llenos los requisitos establecidos en las normas contenidas en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se admite cuanto ha lugar en derecho. En virtud de que la ciudadana CARMELA BATTAGLINO DE MEROLA, ya identificada y asistida de abogado, solicitó del Tribunal ordenará la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inserta por ante la Prefectura del Municipio San José, Distrito Valencia del Estado Carabobo, en fecha 20 de julio de 1966, bajo el Nro. 365, Tomo II, Año 1.966; como lo expresa la solicitante en su escrito, la referida Acta adolece de error material, ya que al insertar la misma en el libro correspondiente a la Prefectura, se transcribió erróneamente, la fecha de su nacimiento la cual aparece como “…dieciocho de junio del presente año…” y no como “…diecisiete de junio del presente año…” que es lo correcto. Para los efectos probatorios se consignaron los siguientes recaudos: a) Copia fotostática de la Partida de Nacimiento de la ciudadana CARMELA BATTAGLINO DE MEROLA, expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo. b) Copia fotostática de la Partida de Nacimiento de la ciudadana CARMELA BATTAGLINO DE MEROLA, expedida por el Registro Principal del Estado Carabobo; documentos estos de donde se evidencia la veracidad del hecho planteado. Probado como ha sido lo alegado y por cuanto la obviedad del error denunciado no amerita la tramitación de un Juicio de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO y por cuanto no existe interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena de forma SUMARIA al Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, estampar la debida Nota Marginal en la PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana CARMELA BATTAGLINO DE MEROLA, previamente determinada así, donde dice: “…dieciocho de junio del presente año...” debe decir “…diecisiete de junio del presente año…” que es lo correcto. Así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud y de este auto remítase con oficio una de ellas a la autoridad competente.- Líbrese oficio.-
El Juez Provisorio,
Abog. Santiago Alfredo Restrepo Pérez La…/
/…Secretaria Titular,
Abog. Elea Coronado
En la misma fecha se expidieron copias certificadas y se remitió una de ellas con oficio número: 858.-
La Secretaria Titular,
Abog. Elea Coronado
Exp. Nº 20.900.-
Mr.-
CERTIFICO QUE LA COPIA QUE ANTECEDE ES TRASLADO FIEL DE SU ORIGINAL A LA CUAL SE CONTRAE DE CUYA EXACTITUD DOY FE, CERTIFICO Y EXPIDO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 111 Y 112 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. VALENCIA, 28 de Julio de 2008.-
La Secretaria Titular,
Abog. Elea Coronado
EXPEDIENTE N°: 20.900
DEMANDANTE: CARMELA BATTAGLINO DE MEROLA
MOTIVO: RECTIFICACIÓN PARTIDA DE NACIMIENTO
SENTENCIA: DEFINITIVA - SUMARIA
FECHA: 28 de Julio de 2008
JUEZ PROVISORIO: ABOG. SANTIAGO ALFREDO RESTREPO PEREZ
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil,
Mercantil y Bancario de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo.-
Valencia, 28 de Julio de 2008
198º y 149º
OFICIO Nro. 858.-
Ciudadano:
Jefe de la Oficina de Registro Civil de
la Parroquia San José, Municipio Valencia
del Estado Carabobo.
Su Despacho.-
Anexo el presente oficio, remito a usted copias certificadas de la decisión dictada por este Tribunal con motivo de la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana CARMELA BATTAGLINO DE MEROLA, a los fines de que se de cumplimiento a lo ordenado en ella.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-
Dios y Federación,
Abog. SANTIAGO ALFREDO RESTREPO PEREZ
Juez Provisorio Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario del Estado Carabobo.-
SARP/mr.-
Exp. N° 20.900.-
Anexo: Lo indicado.-
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