REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 17 de Julio de 2008
198° y 149°
Visto el anterior escrito de solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, presentado por el ciudadano JULIO CESAR ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.079.020, de este domicilio, asistida por el Abogado JULIO OSTOS HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.735, de este domicilio, para pronunciarse con respecto a la admisión de la misma el Tribunal observa:
Primero: Que el ciudadano JULIO CESAR ALVAREZ, ya identificado, no acredito su carácter de hijo, en el expediente, ya que el mismo se identificó con el apellido ALVAREZ, siendo que lo solicitado, es la rectificación del acta de defunción del ciudadano EDUARDO ARENAS MENDEZ, según su dicho, es su supuesto padre, evidenciándose que el solicitante es de apellido ALVAREZ y el de su supuesto padre es ARENAS, lo cual no crea en este juzgador la certeza de lo expuesto.
Segundo: Igualmente solicito la rectificación de los nombres de los ciudadanos MIGUEL ANTONIO ALVAREZ, MARITZA GUADALUPE ALVAREZ y YELITZA CRISTINA ALVAREZ, los cuales en el acta de defunción a rectificar aparecen como hijos del fallecido EDUARDO ARENAS MENDEZ, observando este juzgador, que de la documentación aportada a los autos, no consta que los mencionados ciudadanos sean hijos de fallecido EDUARDO ARENAS MENDEZ, por lo que carecen de cualidad activa y pasiva y así se decide.
Por lo que, de conformidad con las consideraciones anteriores y por existir hechos contradictorios entre lo alegado por el solicitante JULIO CESAR ALVAREZ, en su libelo, y las pruebas aportadas a los autos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, NIEGA LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA presentada.
El Juez Provisorio,

Abog. Santiago Alfredo Restrepo Pérez
La Secretaria Titular,

Abog. Elea Coronado de Valenzuela,

Exp. 20.922.-
María.-