REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
horas de Despacho del día de hoy, Diecisiete de Julio del año dos mil ocho, siendo las once de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO del juicio, se hizo anunciar dicho acto a las puertas del Tribunal por el Alguacil del mismo. El Tribunal deja constancia de que la parte actora ciudadano LISANDRO APOLINAR HERRERA IZAGUIRRE no compareció al presente acto. Se deja constancia que se encuentra presente la Abogada en ejercicio MARIA GABRIELA AQUINO D´ MILITA inscrita en el Inpreabogado bajo Nº 30.023 actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano LISANDRO APOLINAR HERRERA IZAGUIRRE parte demandante de autos. Se deja constancia que se encuentra presente en este acto la Abogada en ejercicio MARIA ALEXANDRA SÁNCHEZ PARADA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 122.322 actuando en su carácter de Defensora Judicial de la ciudadana INGRID GERTRUDIS DONAIRE DE HERRERA. El Tribunal deja constancia que en virtud de que el ciudadano LISANDRO APOLINAR HERRERA IZAGUIRRE parte actora en el presente procedimiento no asisitió en el día de hoy a la celebración del Primer acto conciliatorio del juicio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, se declara la EXTINCIÓN del presente proceso. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.