REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

Valencia, 07 de Julio de 2008
198º y 149º


ASUNTO: JAP- 82-2008

Este Tribunal, hecha la revisión de las actas que conforman el presente expediente observa que en fecha 03 de Julio de 2008, la profesional del derecho Ana Hurí Bustos Rodríguez, defensora publica agraria del Estado Carabobo, consigno mediante diligencia, copias fotostáticas del expediente 678-08 (nomenclatura del tribunal respectivo), correspondiente a AUDIENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA de fecha dieciséis (16) de Junio de 2008 celebrada en el Juzgado Superior Agrario con competencia en el territorio de los Estados Cojedes, Aragua y Carabobo, en la que se RESUELVA LA APELACIÓN interpuesta por la actora en contra del auto de fecha 28 de Abril de 2008 dictado por este Juzgado; siendo que el contenido de la dispositiva CONLLEVA LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA al estado de admisión, una vez conste en autos las resultas definitivas de la apelación en el cuaderno respectivo.
Por lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, se revoca el auto de fecha 30 de Junio de 2008, por lo que respecta a la fijación y celebración de la audiencia preliminar prevista para el día de hoy. En consecuencia, a fin de dar cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Superior, se insta a la parte actora a diligenciar la remisión del cuaderno de apelación respectivo conformidad con la ley. Cumplido lo cual, una vez conste en autos el extenso y firme, con el oficio de participación respectiva, el tribunal proveerá lo conducente.
El Juez
Abg. JOSE DANIEL USECHE ARRIETA

El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez