REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
Valencia, 04 de Julio de 2008
198º y 149º
Se deja constancia que en la presente causa las partes no asistieron a la continuación de la audiencia conciliatoria fijada para este día, ni por si ni por apoderado judicial, este tribunal deja constancia de la imposibilidad de dar continuidad al medio alternativo fijado a instancia de parte en el presente asunto.
El Juez
Abg. JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez
EXP: JT-17088-6/ EJECUCION DE HIPOTECA
JDUA/VPP.