REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

Valencia, 04 de Julio de 2008
198º y 149º

Se deja constancia que en la presente causa las partes no asistieron a la continuación de la audiencia conciliatoria fijada para este día, ni por si ni por apoderado judicial, este tribunal deja constancia de la imposibilidad de dar continuidad al medio alternativo fijado a instancia de parte en el presente asunto.

El Juez

Abg. JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA

El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez



EXP: JT-17088-6/ EJECUCION DE HIPOTECA
JDUA/VPP.