REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 19 de Febrero de 2008
Años 197º y 148º
DEMANDANTE: MERCEDES GONZÁLEZ
DEMANDADO: JESÚS MARIA GUEVARA
MOTIVO: PRESCRIPCIÓN DE HIPOTECA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE: 19.753

De la revisión de las actas del expediente se observa que la presente causa es una solicitud de PRESCRIPCIÓN DE HIPOTECA, dicha solicitud fue admitida por este Tribunal en fecha 19 de junio de 2007 (folio 23), en la misma se evidencia que se ordenó emplazar a través de edictos a todas aquellas personas que se creyesen con derechos sobre el inmueble objeto de la presente demanda, ello de conformidad con lo establecido en el articulo 231 del Código de Procedimiento Civil, igualmente se ordenó publicar dicho edicto en los diarios El Carabobeño y el Notitarde, durante sesenta (60) días, dos (2) veces por semana; las formalidades antes mencionadas son inherentes a la admisión del procedimiento de la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, mas no a la PRESCRIPCIÓN DE HIPOTECA como es el caso de autos.
En consecuencia, se declara PARCIALMENTE NULO el auto de admisión de la presente solicitud, de fecha 19 de junio de 2007, solo en lo que respecta a la orden de publicación y fijación de los EDICTOS, los cuales no son procedentes en la presente ejecución de hipoteca.
La Juez Titular,

Abog. RORAIMA BERMÚDEZ La Secretaria,

Abog. ELEA CORONADO,