REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 21 de febrero de 2.007
Año 197º y 149º
DEMANDANTE: ALIDA MARGARITA BARRETO
DEMANDADOS: EDGAR CONDE, CARLOS CONDE Y ANGELICA
MARIA GUERRA
MOTIVO: TACHA DE DOCUMENTO
EXDIENTE: Nro. 44.038
Vista diligencias de fecha 23 de octubre y 10 de diciembre, ambas del año 2.007, presentadas por el Abog. GUSTAVO BOADA CHACON, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 67.420, con la cual consignó TRANSACCION celebrada entre las partes, por ante la Notaria Publica Segunda de Valencia en fecha 11-10-2007, quedando anotado bajo el Nro. 46, Tomo 228 de los Libros de Autenticaciones llevados por ante esa Notaria; actuando por una parte, la parte actora, ciudadana ALIDA MARGARITA BARRETO, debidamente asistida por el Abogado GUSTAVO BOADA CHACON, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 67.420, y por la otra, los co-demandados ciudadanos EDGAR VICENTE CONDE y CARLOS EDUARDO CONDE BARRETO asistidos por la Abog. MARITZA HURTADO JIMENEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 48.734, y por la co-demandada ANGELICA MARIA GUERRA su apoderada judicial Abog. RAQUEL BELISARIO DE PINTO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 12.127, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Como se solicita, se acuerda tener la diligencia de fecha 10-12-2007, como parte integrante de dicho auto de homologación, en cuanto respecta a la identificación de la co-demandada ANGELICA MARIA GUERRA.




Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
El Juez Provisorio
La Secretaria,
Abog. Pastor Polo
Abog. Mayela Ostos Fuenmayor

Se hizo lo ordenado. Se homologo Transacción.
La Secretaria,

Exp. NO. 44.038

PP/cc.-