REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
Valencia, 12 de Febrero de 2008
198º y 149º
Firme como ha quedado la sentencia de fecha 30 de Enero de 2008, dictada por este Tribunal, se declara concluida la presente causa, y en consecuencia se ordena el archivo del presente expediente en la oportunidad respectiva.
El Juez
Abg. José Daniel Useche
La Secretaria
Abg. Crisel Coraspe
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Exp.: JT-14428-54/Interdicto por Despojo.
JDU/CC/JA