JUZGADO TERCERO SUPERIOR DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO

Valencia, 24 de enero de 2008
197° y 148°

RECURSO: GP02-R-2008-000008
DEMANDANTE: NOEL HERILLES
DEMANDADA: BAR RESTAURANT PIANO-BAR TIBERIUS C.A.
MOTIVO: COBRO POR PRESTACIONES SOCIALES
(DESISTIMIENTO RECURSO DE APELACIÓN)
SENTENCIA Nº: PJ0142008000009


Vista la diligencia de fecha 23 de enero de 2008, suscrita por el abogado ALEXIS ANTONIO ZAMBRANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 42.409, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual DESISTE DEL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 09 de enero de 2008, contra la sentencia dictada en fecha 18 de diciembre de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en el juicio por cobro de prestaciones sociales incoado por el ciudadano NOEL HERILLES, titular de la cedula de identidad Nº E- 81.966.408, representado judicialmente por la abogada ELIZABETH SOTO RIVERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 20.942, contra la sociedad de comercio BAR RESTAURANT PIANO-BAR TIBERIUS C.A., sociedad mercantil, de este domicilio, inscrita en el Registro de Comercio bajo el Nro. 59, tomo 10-A, de fecha 26 de mayo de 1988.

Verificadas las facultades del apoderado judicial para desistir del recurso ejercido, folios 224 al 225 del expediente, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por el abogado ALEXIS ANTONIO ZAMBRANO, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BAR RESTAURANT PIANO- BAR TIBERIUS C.A., contra la sentencia dictada en fecha 18 de diciembre de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; en consecuencia, queda firme la sentencia recurrida.

Se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, para la continuación de la causa. Désele salida con oficio.
La Juez

Abg. Ketzaleth Natera Z.

La Secretaria,

Abog. Mayela Díaz

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 2:00 p.m.

La Secretaria,

Abog. Mayela Díaz



KNZ/MD/Mirla Barrios
EXP: GP02-R-2008-000008
Sentencia N° PJ0142008000009