República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

En el día de hoy 24 de enero de 2008, siendo las 11:00 de la mañana, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora Mauricia González y la secretaria titular abogada Yulimar Fonseca, con la finalidad de cumplir la Comisión Nro. 2919, en compañía de la parte abogada en ejercicio ZAIDA ANGÉLICA ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.369, en el inmueble objeto de la medida constituido por una casa ubicada en la Urbanización Parque Residencial La Esmeralda, Sector 5, Manzana G-3, casa Nro. 63, en Jurisdicción del Municipio San Diego del Estado Carabobo .. Seguidamente la parte actora abogada en ejercicio Zaida Angélica Zambrano, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.369, expone: Solicito al Tribunal designe cerrajero por cuanto el inmueble se encuentra cerrado y en estado de abandono. Seguidamente el Tribunal designa Cerrajero Judicial al ciudadano Richard García, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro.11.349.760, el cual presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. En este estado el tribunal encontrándose dentro del inmueble, deja constancia que el mismo se encuentra en estado de abandono, suspendidos los servicios públicos, libre de bienes y de personas. Seguidamente la parte actora abogada en ejercicio Zaida Angélica Zambrano, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.369, expone: Solicito al Tribunal designe depositaria judicial a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa depositaria judicial a la firma mercantil depositaria judicial Venezuela, C.A, en la persona de su representante legal ciudadano Jesús García, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro.5.480.302, el cual presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. Seguidamente la parte actora abogado en ejercicio Zaida Angélica Zambrano, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.369, expone: Señalo al Tribunal para ser SECUESTRADO el inmueble objeto de la medida constituido por una casa ubicada en la Urbanización Parque Residencial La Esmeralda, Sector 5, Manzana G-3, casa Nro. 63, en Jurisdicción del Municipio San Diego del Estado Carabobo .. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley, declara SECUESTRADO el inmueble objeto de la medida constituido por una casa ubicada en la Urbanización Parque Residencial La Esmeralda, Sector 5, Manzana G-3, casa Nro. 63, en Jurisdicción del Municipio San Diego del Estado





Carabobo, y lo deja bajo la guarda y custodia de la depositaria judicial designada. Seguidamente el tribunal, declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 1:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.