REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
Valencia, 17 de Enero de 2008
198º y 149º
Por recibida la anterior demanda, presentada ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial, el 23 de Enero de 2007, remitida a este tribunal por el indicado Juzgado Segundo conforme auto de fecha 16 de Noviembre de 2007, contentivo del INTERDICTO POR PERTURBACIÓN junto con sus recaudos anexos, intentada por el ciudadano LUIS FERNANDO VIDAL PINTO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.218.181, domiciliado en el Municipio Montalbán del Estado Carabobo, este tribunal para garantizar el derecho al debido proceso de eminente rango constitucional, a los fines de pronunciarse sobre la admisión de la demanda en este fuero especial agrario, de conformidad con el Artículo 201 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, ACUERDA la practica de una inspección IN LIMINE, con el objeto de constatar in situ la posible existencia de elementos de agrariedad, biodiversidad y protección del medio ambiente en el presente asunto, a cuyo efecto se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a la fecha de este auto, para el traslado y constitución del tribunal, en el inmueble a que se contrae el presente asunto.
El Juez,
Dr. José Daniel Useche
La Secretaria,
Abg. Crisel Coraspe
Exp: JS-50856-70.
JDUA/OD