REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 08 de Agosto del año 2008

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

EXPEDIENTE N° GP02-L-2006-002486
PARTE ACTORA: MISLEIDY OCHOA
DEMANDADA: FORD MOTOR DE VENEZUELA, S.A Y SERVICIOS EVCAVEN, C.A
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL.


Visto que las partes en fecha de hoy 07 de agosto del presente año dieron cumplimiento a la transacción efectuada en fecha 10 de julio del presente año, en la cual se dejó constancia que la parte actora demandó la cantidad de Bs. 101.166,43 y la suma transada fue la suma de Bs. F. 33.524,98, e igualmente visto que la actora recibió la cantidad de Bs. 176,82 mediante cheque girado contra el Banco Mercantil, por concepto de pago de nomina de los días comprendidos entre el 1 y el 6 de julio de 2008, los cuales la actora estuvo de reposo, haciendo la salvedad que los días 7, 8 y 9 no asistió a trabajar, al igual que la planilla de 14-03 participación de retiro del trabajador, por lo que vista que la transacción no es contraria a Derecho y versa sobre derechos disponibles a saber: 1) hay legitimidad de partes, es decir, se celebró entre parte demandante y parte demandada; y 2) no es contrario al orden público, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que me confiere la Ley le imparte su homologación a fines de que tenga fuerza de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo.-
La Juez
YUDITH SARMIENTO DE FLORES
La Secretaria,
Anneris Norma

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 9:20 a.m.-

La Secretaria,
Anneris Norma
YSdF/Eylyn Rodríguez Rugeles-J.-