REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS
VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
DEMANDANTE: Abg. Alejandro Vieira Perestelo Apoderado Judicial del Ciudadano José
Luís Vásquez Acedo.
DEMANDADO: Intonios Azar Bandli.
MOTIVO: Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento.
EXPEDIENTE N° 1339.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Se inicia la presente causa, mediante escrito de demanda presentado por el Ciudadano Abogado ALEJANDRO VIERA PERESTELO, inscrito en el IPSA bajo el N° 86.033, apoderado judicial del Ciudadano LUIS VASQUEZ ACEDO, contra el Ciudadano INTONIOS AZAR BANDLI, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Dicha demanda fue admitida y sustanciada, acordándose la comparecencia del demandado para el SEGUNDO (2) día de despacho siguiente después que conste en auto haber sido citado. En fecha 13 de Agosto de 2008, fue celebrado un Convenimiento entre las partes, cuyos términos y condiciones se especifican en el acta levantada al efecto. Examinando el auto de auto composición procesal, se observa que se ha realizado de conformidad con la Ley Procesal y por cuanto no es contraria al orden publico, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA
LEY, le imparte su aprobación y la homologa, otorgándole el carácter de cosa juzgada. Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los 14 del Mes de Agosto de 2008, Año 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez Suplente Especial.
Abg. EDGARDO PÁEZ SALAZAR.
La Secretaria.
Abg. YNES BRAZON GONZALEZ