REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 07 de agosto de 2008
198° y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1413
El ciudadano Jaime Alberto Ríos Bedoya, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.272.300, actuando en su carácter de representante legal de INDUSTRIAS IMDUJAR S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 26 de febrero de 1.996, bajo el Nº 12, tomo 05-A, e inscrita en el registro de información fiscal bajo el Nº J-30324932-9, domiciliada en la Av. Principal del Barrio 23 de enero, Nº 84, Maracay Estado Aragua, interpuso recurso jerárquico subsidiariamente al recurso contencioso tributario el 18 de septiembre de 2001, contra el acto administrativo contenido en las Planillas de Liquidación Nros 10-10-9-0126-020197 y 10-10-9-0126-024626 del 25 de septiembre de 1997 y del 04 de septiembre de 1997, respectivamente, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El 02 de noviembre de 2005, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 0575, se acordó las notificaciones de ley.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 14 de julio de 2006.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Jaime Alberto Ríos Bedoya, actuando en su carácter de representante legal de INDUSTRIAS IMDUJAR S.R.L, plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal y Contralor General de la República, líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los siete (07) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez titular,
Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
Exp. N° 0575
JAYG/ms/yg
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