REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL

Valencia, 11 de agosto de 2008
198° y 149º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1475

El ciudadano Javier Antonio Romero Terán, titular de la cédula de identidad N° V-12.033.616, actuando en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil VENEZOLANA DE VIVERES, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, bajo el n° 22, tomo 62-A, del 01 de diciembre de 1994, y en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el n° J-30228053-2, con domicilio en el Mercado de Mayoristas, local 15, Tocuyito, estado Carabobo; debidamente asistido por el abogado en ejercicio Tobías González G., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 31.316, interpuso recurso contencioso tributario subsidiariamente al recurso jerárquico el 12 de mayo de 2003, contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2005-03-DF-PEC-419, del 17 de octubre de 2005, emanada de la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El 20 de julio de 2007, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 1329, se acordó las notificaciones de ley.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 20 de julio de 2007.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Javier Antonio Romero Terán, en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil VENEZOLANA DE VIVERES, C.A., asistido por el abogado en ejercicio Tobías González G., plenamente identificados. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal y Contralor General de la República, líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente y al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del SENIAT. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los once (11) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

El Juez titular,


Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria titular,


Abg. Mitzy Sánchez


En la misma fecha se publicó la anterior sentencia.

La Secretaria titular,


Abg. Mitzy Sánchez






Exp. N° 1329
JAYG/ms/mg