REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL

Valencia, 11 de agosto de 2008
198° y 149º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1456

El ciudadano Joao Rogerio Rodríguez Fernández, titular de la cédula de identidad Nº V-7.104.283, en su carácter de director de CONSTRUCCIONES MEGA C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 04 de febrero de 1985, bajo el N° 26, tomo 2-A, y en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-07539007-5, domiciliada en la Calle Urdaneta Edificio Marte, Piso Nº 1 Oficina Nº 11 Centro de Valencia Estado Carabobo, asistido por el Licenciado Reyes Hernández, inscrito en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Carabobo bajo el Nº 7.081, interpuso recurso jerárquico y subsidiariamente el recurso contencioso tributario el 13 de marzo 2006, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº GRTI-RCE-DJT-ARA-2005-181-370 del 27 de diciembre de 2005, emanada la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El 24 de enero de 2007, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 1125, se acordó las notificaciones de ley.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 24 de enero de 2007.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Joao Rogerio Rodríguez Fernández, en su carácter de director de CONSTRUCCIONES MEGA C.A, plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal, Contralor General de la República y Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los once (11) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

El Juez titular,


Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria titular,


Abg. Mitzy Sánchez



En la misma fecha se publicó la anterior sentencia. Se cumplió lo ordenado. Se libró boleta y oficios.
La Secretaria titular,

Abg. Mitzy Sánchez




Exp. N° 1125
JAYG/ms/yg