REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 11 de agosto de 2008
198° y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1446
El ciudadano Carlos Luis Pimentel H., venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-7.139.825, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.660, actuando en su carácter de apoderado judicial de H. MOTORES CAGUA C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 13 de julio de 1994, bajo el Nº 42, Tomo 630-A, y en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-30200591-4, domiciliada en la carretera nacional Cagua - Villa de Cura, Zona Industrial Cagua, Edif., H Motores Cagua Estado Aragua, interpuso recurso contencioso tributario el 04 de octubre de 2006, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria del Sumario Nº 283-2006-07-74 del 27 de julio de 2006, emanada del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE).
El 10 de octubre de 2006, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 0965, se acordó las notificaciones de ley.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 10 de octubre de 2006.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Carlos Luis Pimentel H., actuando en su carácter de apoderado judicial de H. MOTORES CAGUA C.A, plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal y Contralor General de la República, líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente y al Presidente del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE). Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los once (11) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez titular,
Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
Exp. N° 0965
JAYG/ms/yg
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