REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 05 de agosto de 2007
197º y 148º
De la revisión realizada en el auto de admisión de la demanda se evidencia que se emplazo a la parte demandada ciudadano ALBERTO ANTONIO GUEVARA para que compareciera dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes después de que conste en autos la práctica de la citación ordenada, a dar contestación a la demanda, intentada por las ciudadanas ZAIDA MERCEDES GUEVARA AREVALO y DANIS OMAIRA GUEVARA AREVALO, debidamente asistidas de abogado JORGE PADRON GUEDEZ, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, repone la presente causa al estado de admisión de la demanda, dejando sin efecto el auto de fecha 22-07-2008. Así se decide.-
El Juez Provisorio,
Abog. Santiago Alfredo Restrepo Pérez
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina