REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 05 de agosto de 2008
198º y 149º
Vista la declaratoria de competencia por la materia en la presente causa de fecha 21 de mayo de 2008; y por cuanto fui designado Juez Provisorio de éste tribunal, en sesión de fecha 08 de noviembre de 2007 de la comisión judicial del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, ME AVOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA; a los fines de mantener los principios de certeza y seguridad procesal se acuerda que, transcurridos como lo sean los tres (03) días de despacho siguiente contados a partir de la notificación, para que las partes hagan uso del derecho que les confiere el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, la causa continuara su curso legal. Notifíquese a la parte accionada.
El Juez
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra
Expediente Nº: JT-17168-62.