REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA.
198º Y 149º
Valencia, 14 de Agosto de 2008
Asunto: GP02-S-2008-000305
Parte Actora: PEPSI COLA DE VENEZUELA, C.A
Apoderado(s) Actor(es): MARIA ELENA PAEZ PUMAR
Parte Demandada: MERVIN CECILIO NUÑEZ MANRIQUE
Apoderado(s) Demandado(s):
Motivo: CONSIGNACION DE PRESTACIONES SOCIALES
El Tribunal visto el escrito de DESISTIMIENTO del Procedimiento suscrito por el actor, de la revisión del mismo se evidencia que no vulnera derechos irrenunciables del trabajador por lo que este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte la homologación al desistimiento interpuesto adquiriendo el carácter de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Terminado como se encuentra la presente causa se ordena el archivo definitivo del expediente. Es todo.
El Juez;
Abg.- OMAR JOSÉ MARTÍNEZ SULBARÁN
LA SECRETARIA;
ABG.- MARÍA LUISA MENDOZA