REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, VEINTITRÉS (23) de ABRIL del año dos mil OCHO 2008
196º y 147º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

DEMANDANTE: WILLIANS ALFREDO RODRÍGUEZ ARIAS.
APODERADO: DEYSI USTIS MEDINA.
DEMANDADA: JOSE AMAYA.
APODERADA: LUISA MARQUEZ UTRERA y ORLANDO PAREDES ESTRADA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
EXPEDIENTE N° GP02-L-2007-001177.-

Nace la presente causa con motivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por WILLIANS ALFREDO RODRÍGUEZ ARIAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.918.958, PARTE DEMANDANTE, en contra de JOSÉ AMAYA, representada judicialmente por los abogados LUISA MARQUEZ UTRERA y ORLANDO PAREDES ESTRADA Inpreabogado 61.392 y 16.741 respectivamente.
Visto que en fecha, DIECISÉIS (16) de ABRIL del año dos mil OCHO (2008), siendo las TRES de la tarde (03:00 P.M), oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia en el expediente GP02-L-2007-001177, en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por el ciudadano WILLIANS ALFREDO RODRÍGUEZ ARIAS, titular de la Cédula de Identidad N° 3.918.958, PARTE DEMANDANTE, en contra de JOSÉ AMAYA, PARTE DEMANDADA, comparecen a la audiencia por la demandada LUISA MARQUEZ UTRERA y ORLANDO PAREDES ESTRADA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 61.392 y 16.741 respectivamente, actuando en su caracteres de Apoderados Judiciales de JOSE INOCENTE AMAYA. EL TRIBUNAL DEJA CONSTANCIA QUE A LA AUDIENCIA DE JUICIO NO COMPARECIÓ REPRESENTACIÓN ALGUNA DE LA PARTE ACTORA. Se constituyo el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en la sala de audiencias, presidido por la juez, DIANA PARÉS DE SERAPIGLIA, el Secretario Accidental Abogado ILICH COLMENARES A., y el alguacil EDUARDO RODRIGUEZ, quedando constituido el tribunal se dio inicio a la presente audiencia. El tribunal dejo constancia que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual según lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a través de la Cámara Sony, Bien Nacional Nº 20-208/2006/MOB-2710, conducida por el técnico audiovisual JULIO NAVAS, reproducida y luego ser grabada en un disco compacto (CD) y agregada al expediente. En orden a los razonamientos antes expuestos declara: en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, DECLARA DESISTIDA LA ACCIÓN, VISTA LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA.. Todo con motivo la demanda incoada por el ciudadano WILLIANS ALFREDO RODRÍGUEZ ARIAS, titular de la Cédula de Identidad N° 3.918.958, PARTE DEMANDANTE, en contra de JOSÉ AMAYA, demandado como dueño de la Fundacion Amaya, como personal natural y como representante de la Fundacion Amaya.- En consecuencia la presente homologación tiene efecto de cosa Juzgada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los VEINTITRÉS (23) de ABRIL del año dos mil OCHO 2008.

La Juez,
DIANA PARÉS DE SERAPIGLIA

LA SECRETARIA,
AMARILYS MIESES
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 4:40 Pm.
LA SECRETARIA,
AMARILYS MIESES

EXP: GP02-L-2007-001177.-.
DPdeS/AM/Ilich Colmenares.-