REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, DIEZ (10) de ABRIL del año dos mil OCHO 2008
196º y 147º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

DEMANDANTES: CAROLINE BIANCHI.
APODERADO: ENIHZER RODRÍGUEZ MOTTA.
DEMANDADA: ESTRATÉGICA X.L C.A
APODERADA: ARNALDO ZAVARSE PÉREZ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
EXPEDIENTE N° GP02-L-2007-000669.-

Nace la presente causa con motivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por la ciudadana CAROLINA BIANCHI, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.103.386, PARTE DEMANDANTE, en contra de XTRATEGICA X.L, C.A, representada judicialmente por el abogado ARNALDO ZAVARSE Inpreabogado 55.655.
Visto que en fecha, DIEZ (10) de MARZO del año dos mil OCHO (2008), siendo las DOS de la tarde (02:00 P.M), oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por la ciudadana CAROLINA BIANCHI, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.103.386, PARTE DEMANDANTE, en contra de XTRATEGICA, C.A, PARTE DEMANDADA, comparecieron por la demandada XIMENA OTERO, titular de la Cédula de Identidad No. 13.900.531, actuando en su carácter de Directora de la Sociedad Mercantil XTRATEGICA C.A., debidamente asistida por el Abogado ARNALDO ZAVARSE PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 55.655. EL TRIBUNAL DEJO CONSTANCIA DE QUE POR LA PARTE DEMANDANTE NO COMPARECIÓ REPRESENTACIÓN ALGUNA. Se constituyo el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en la sala de audiencias, presidido por la juez, DIANA PARÉS DE SERAPIGLIA, el Secretario Accidental Abogado ILICH COLMENARES A., y el alguacil EDUARDO RODRÍGUEZ, quedando constituido el Tribunal.- El Tribunal deja constancia que la audiencia será reproducida en forma audiovisual según lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a través de la Cámara Sony, Bien Nacional Nº 20-208/2006/MOB-2710, conducida por el técnico audiovisual RAFAEL SÁNCHEZ, reproducida y luego ser grabada en un disco compacto (CD) y agregada al expediente. Las pruebas que las partes promovieron fueron; De la parte ACTORA, Promovió: PRUEBAS DOCUMENTALES, marcadas D, G, G1 y H, RECIBOS DE PAGO, COPIA DE FACTURAS, PRUEBA DE INFORME: 1) AL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), 2) AL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO, 3) AL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS del escrito de promoción de pruebas. De la parte DEMANDADA Promovió: PRUEBAS DOCUMENTALES: promovidas en el Aparte Segundo, del escrito de pruebas, documentales referidas al literal c) de la ciudadana CAROLINE BIANCHI, documentales marcadas K y L, que rielan a los folios 116 al 118 , Testimoniales de los ciudadanos NERIO RIVERA, KARINA ERLANO y LAUREN THORNHILL,. Documentales promovidas en el Aparte Cuarto, del escrito de pruebas, documentales referidas a los literales a, b, c y d, PRUEBA DE INFORME.-) I.V.S.S., CUYAS RESULTAS CONSTAN EN EL EXPEDIENTE, SOCIEDAD MERCANTIL COMUNICACIONES CASTILLITO L.P., C.A., CUYAS RESULTAS NO CONSTAN. Documental marcada I y J. La Juez en forma oral debido con vista a la incomparecencia de la accionante a la audiencia de juicio, se declara el desistimiento de la acción.- En orden a los razonamientos antes expuestos declara: en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, DECLARO DESISTIDA LA ACCIÓN VISTA LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA.. Todo con motivo la demanda incoada por la ciudadana CAROLINA BIANCHI, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.103.386, PARTE DEMANDANTE, en contra de XTRATEGICA X. L. C.A. En consecuencia la presente homologación tiene efecto de cosa Juzgada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los diez (10) días del mes de MARZO del año dos mil OCHO (2008).

La Juez,
DIANA PARÉS DE SERAPIGLIA

LA SECRETARIA,
AMARILYS MIESES
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 3:30 Pm.
LA SECRETARIA,
AMARILYS MIESES

EXP: GP02-L-2007-000669.
DPdeS/AM/Ilich Colmenares.-