República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
En el día de hoy, 21 de abril de 2008, siendo las 2:30 de la tarde, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez titular Doctora MAURICIA GONZÁLEZ VALLES y la secretaria titular abogada YULIMAR FONSECA, con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión Nro. 2984, en compañía de la parte actora abogado en ejercicio ARNALDO JOSÉ MORENO LEÓN, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro. 19.186, en el inmueble objeto de la medida constituido por una oficina distinguida con las letras y números B-M18A, ubicado en la planta mezzanina de la nave B, del Boulevard Industrial Municipal en la Jurisdicción de la Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia del Estado Carabobo.. Seguidamente la parte actora abogado en ejercicio ARNALDO JOSÉ MORENO LEÓN, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro. 19.186, expone: Solicito al Tribunal designe Cerrajero a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa cerrajero judicial al ciudadano Richard García, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 11.349.760, el cual presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. En este estado el Tribunal procede a efectuar los toques de ley y al no obtener respuesta, procede a entrar al inmueble y se percata que el mismo se encuentran una serie de bienes muebles, que según documentos aportados por parte actora, (inventario de bienes), son bienes propiedad de la parte actora. En este estado la parte actora abogado en ejercicio ARNALDO JOSÉ MORENO LEÓN, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 19.186 expone: Solicito al tribunal designe depositaria judicial y perito avaluador a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa depositaria judicial a la firma mercantil Depositaria Judicial Carabobo, C.A, representada en este acto por la ciudadana Adriana Marquez, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 7.012.830, perito avaluador al ciudadano Johnny Cotuffo, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro.10.226.625, los cuales presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de ley. Acto seguido la parte actora abogados en ejercicio ARNALDO JOSÉ MORENO LEÓN, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 19.186, expone: Señalo al Tribunal para ser secuestrado el inmueble objetó de la medida constituido por un una oficina distinguida con las letras y números B-M18A, ubicado en la planta mezzanina de la nave B, del Boulevard Industrial Municipal en la Jurisdicción de la Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara SECUESTRADO, el inmueble objetó de la medida constituido por un
una oficina distinguida con las letras y números B-M18A, ubicado en la planta mezzanina de la nave B, del Boulevard Industrial Municipal en la Jurisdicción de la Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia del Estado Carabobo, y lo deja bajo la guarda y custodia del ciudadano ROBERTO RUIZ RODRIGUEZ, tal como fue acordado por el tribunal de la causa... Seguidamente el Tribunal, libera a la depositaria judicial designada, declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 4:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.
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