REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

SENTENCIA DEFINITIVA

N° EXPEDIENTE: GP02-L-2005-001319
DEMANDANTE: JOSE RAMIREZ VERGARA
DEMANDADAS: SERME, CA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, VEINTINUEVE ( 29 ) de septiembre del año 2006, siendo las 12:00 m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en virtud de la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara el ciudadano JOSE RAMIREZ VERGARA. Se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, presidido por la ciudadana Juez YUDITH SARMIENTO DE FLORES, asistida por la Secretaria Accidental EYLYN RODRÍGUEZ RUGELES-J y el ciudadano Alguacil JUAN CARLOS PEREZ, quedando constituido el Tribunal Se deja constancia que el presente acto será reproducido en forma audiovisual según lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a través de la Cámara de video Sony, Bien Nacional, para luego ser reproducida en un CD y agregada al expediente. Se deja constancia que la parte demandada SERME, CA, compareció por medio de su apoderado judicial abogado VICTOR ORTIZ, I.P.S.A N°.- 34.752, y de igual forma se deja constancia que el Alguacil efectuó tres (03) llamados en la Sala de Espera del Circuito Judicial laboral y la parte actora no compareció ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, tal como consta al folio 65 del expediente Poder Apud Acta, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, de conformidad con el artículo 151 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE. REGISTRESE, Y DEJESE COPIA.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los veintinueve (29) día del mes de Septiembre del año 2006. Año 194° de la Independencia y 146° de la federación.


YUDITH SARMIENTO ROSALES DE FLORES
LA JUEZ
La Secretaria
Amarilys Mieses

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia siendo la 01:30 p.m
La Secretaria
Amarilys Mieses

EXPEDIENTE N°- GP02-L-2005-001319
YSdF/ Eylyn Rodríguez Rugeles-J