REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintiuno de septiembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : GP02-L-2006-001280
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-001280
PARTE ACTORA: REINALDO ANTONIO PERNIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SADY MONTAGNE WADSKIER
PARTE DEMANDADA: RONAUDI CONTROL Y SERVICIOS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL BELLERA y MIGUEL BARRETO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES



Hoy, 21 de septiembre de 2006, siendo las 02:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que una vez anunciada la audiencia no compareció la parte actora ciudadano REINALDO ANTONIO PERNIA, titular de la Cédula de Identidad No. 14.662.820, ni por si ni por medio de representante judicial alguno. Asimismo, se deja constancia que no compareció la demandada RONAUDI CONTROL Y SERVICIOS, C.A., ni por medio de su representante legal, judicial o estatutario alguno. En razón de lo antes expuesto, y de la incomparecencia del actor a la celebración de la Audiencia Preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMEINTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147° y 196°.
La Juez

Abg. Beatríz Rivas Artiles


El Secretario,

Abg. Oliver Gómez Contreras