REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


Valencia, 19 de septiembre de 2006
196º y 147°



ASUNTO: GP02-L-2006-000395
DEMANDANTE: MILAGRO DEL SOCORRO REYES PEDROZA
DEMANDADO: INDUSTRIAS DIANA, C.A SUCURSAL VALENCIA
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES


Vista la transacción celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa y bajo la función mediadora de la juez, en fecha 14 de Septiembre de 2006, se Homologa la misma, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente. Hágase la anotación en el libro de entradas y salidas
LA JUEZ,

KYBELE K. CHIRINOS MONTES



LA SECRETARIA,

ASTRID GONZALEZ