REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 26 de Septiembre de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: GP02-L-2006-001427


Visto la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano alguacil (folio 19), este Tribunal observa que la parte actora ciudadana HEYCY DESCREE PADILLA GOMEZ, , no corrigió el libelo de la demanda incoada contra la empresa INVERSIONES 765, C.A. y AGENCIA DE LOTERÍA 765, C.A., dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en el auto de fecha 10-07-06 (folio 11). En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA.
El Juez

Abg. WILFREDO GONZALEZ SOSA.





EL Secretario

Abg. ___________________