REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO.

Valencia, 20 de Septiembre de 2.006
196° y 147°

DEMANDANTE: YUSMERI DEL CARMEN BARRIOS PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.702.436.
APODERADO JUDICIAL: ABADA AMADA MORILLO M., inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.078.
MOTIVO: Rectificación de Acta de Defunción.
EXPEDIENTE: 20.035

Visto el Desistimiento del procedimiento de fecha 22 de Mayo de 2.006, suscrita por la abogada ABADA AMADA MORILLO M., inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.078, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana YUSMERI DELÑ CARMEN BARRIOS PARRA, mediante la cual desiste del presente procedimiento, en consecuencia, el Tribunal acuerda su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, quedando en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Archívese el presente expediente.


Abg. ISABEL C. CABRERA DE URBANO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

Abg. THAIS MORA D’ALESSANDRO
SECRETARIA SUPLENTE
Exp. 20.035
ICCU/TM/Aideé.